Lo más destacable es que ayer viernes Federico Jiménez Losantos renunció a defenderse mediante la exceptio veritatis, es decir, demostrando que sus afirmaciones sobre el comisario Rodolfo Ruiz no eran calumnias al estar basadas en la verdad. Por el contrario, el que fuera locutor de la COPE, acompañado por el líder de los Peones Negros Luis del Pino, prefirió acogerse a la llamada doctrina de los Albertos, según sentencia del Tribunal Constitucional en 2008, por la que, Alberto Cortina y Alberto Alcocer quedaron libres por prescripción del delito pese a haber estafado a sus socios con las Torres KIO. Para interrumpir el plazo de prescripción del delito no basta la presentación de una denuncia sino su admisión a trámite. Las injurias y caluminas prescriben al año, aunque la acusación sostiene que Losantos incurrió también en un delito continuado de calumnias a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que no prescribe hasta los tres años. Su abogada solicitó el sobreseimiento por considerar prescrito el delito y el juez se vio obligado a retrasar de nuevo la fecha de la vista. De este modo, Losantos consigue al menos aplazar el juicio hasta pasada la inminente campaña anual sobre la conspiranoia -cada mes de marzo desde 2004- que quedaría comercialmente empañada si hubiera sentencia condenatoria.
Sherlock, elemental
Hace 19 horas







